Según se establece en la nota, las deducciones fiscales vinculadas a la figura del mecenazgo son:
1.- En el ámbito del IRPF: incrementa los porcentajes de deducción general del 25 al 30% con efectos desde el ejercicio 2016 (transitoriamente durante 2015 se aplicará el 27,5%.
2.- Potencia el micromecenazgo: establece dos tramos de deducción en el IRPF. En los primeros 150 euros se aplica un tipo del 75% y en los restantes un tipo general del 30%. Además, para aquellas aportaciones que permanezcan durante 3 o más ejercicios consecutivos por igual o superior cuantía al del ejercicio anterior realizados a favor de un mismo beneficiario, se aplicará un 5% adicional, hasta situarse en un 35%. (Transitoriamente en el ejercicio 2015 el tipo de deducción en este tramos será del 32,5%).
Esta iniciativa constituye un gran avance para fomentar las industrias culturales, lástima que, de momento, sólo se centren en las Artes Escénicas y la Música.
Más información en: http://www.mecd.gob.es/prensa-mecd/actualidad/2014/09/20140924-mecenazgo.HTML
No hay comentarios:
Publicar un comentario